Cumplimiento Fiscal (Resolución Nº 38/2010 y sus modificatorias 15/2011 y 18/2011)
- Cumplimiento Fiscal (Resolución Nº 38/2010 y sus modificatorias 15/2011 y 18/2011)

Lugar y horarios donde se realiza el trámite

Horario de Recepción: Lunes a Viernes de 8:30 a 12:00 hs.
 

Requisitos

  • Se verificarán los siguientes tributos: Tributo de Emergencia Municipal, Tributo Económico Municipal, Tributo a la Publicidad y Propaganda, Contribuciones que inciden sobre la Ocupación y/o uso de Espacios de Dominio Público(Mesas en vereda, sillas, bancos y elementos similares, instalación de cercas de obras y/o demoliciones, carteles y elementos volumétricos), Contribuciones que inciden sobre los cementerios(derechos de conservación).
  • Se emitirán para la realización de trámites relacionados con las actividades comerciales, industriales y de servicios que no impliquen cese de actividad, transferencia , cambio de domicilio fuera del ejido municipal.
  • Se deberá tener abonadas la totalidad de las posiciones vencidas a la fecha de la solicitud, o haber regularizado su situación tributaria mediante el acogimiento a un plan de facilidades de pago, en este caso el plan de facilidades debe estar vigente y abonadas todas las cuotas vencidas a la fecha de la solicitud.
  • El certificado se expedirá dentro de los cinco días hábiles de cumplimentado el requisito establecido en el punto precedente.
  • Deberá presentar debidamente llenada la solicitud formulario F.C.F. 1, previamente timbrado.

Normas Legales

Resolución Nº 38/2010 y sus modificatorias 15/2011 y 18/2011.