Contribuciones que inciden sobre las diversiones, espectáculos públicos y deportivos
- Contribuciones que inciden sobre las diversiones, espectáculos públicos y deportivos

Formularios intervinientes

Este Dpto. cuenta con el Formulario FOT 23, a fin que los contribuyentes declaren algunos de los ítem que comprende la contribución, como ser Espectáculos Públicos, Parques de Diversiones y Circos.

Procedimiento

  • Se inicia el expediente en la Di.P.S.A., solicitando permiso.
  • Se remiten las actuaciones a la DIM.
  • El contribuyente declara el monto imponible a través del formulario FOT 23 y se emite la boleta.
  • El expediente es girado nuevamente a la Di.P.S.A. para la prosecución del trámite.

Parques de diversiones y Circos:
Lugar y horario donde se realiza: DIM –Dpto. Otros Tributos – Lunes a Viernes de 8 a 13hs.

A) Parque de diversiones en espacios verdes: pueden ser transitorios o permanentes.

  • En el caso de los permanentes, solicitan autorización al municipio y mediante decreto se establece el monto que deben abonar por el canon mensual. Se confeccionan boletas del canon mensual y por los juegos.
  • Los transitorios, solicitan la autorización correspondiente por un determinado tiempo y mediante Resolución o Decreto se los autoriza, en este caso deben presentar el FOT 23, donde declaran las cantidades de juegos y se emite la boleta, respectiva .

B) Circos:

  • Se inicia el expediente en la Dirección de Espacios Verdes solicitando permiso.
  • Las actuaciones son giradas a la Secretaría Obras y Servicios Públicos, la cual expide Resolución y/o Decreto autorizando el mismo.
  • En la DIM, con la presentación del instrumento legal, que otorgo el permiso y la DDJJ (FOT 23), que lo realiza en forma semanas, se procede a confeccionar la boleta.

Los contribuyentes presentan una nota, con carácter de DDJJ, en los siguientes ítems de la contribución y se emite la boleta:

  • Cines y/o Teatros.
  • Casino e Hipódromo.
  • Salas de Juegos.

Normas Legales

Art. 146 – Ord. Nº 4186/10 CTM y sus modificaciones–Art. 9 al Art. 14 de la Ord. 4537/13.